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jueves, noviembre 21, 2024
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Plazo para el cumplimiento SARLAFT 2.0.

Los servicios vigilados que adquieran la calidad de Empresas obligadas al cumplimiento del Sistema de administración de riesgos de lavado de activos financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva SARLAFT 2.0, cuentan con un plazo de (04) cuatro meses siguientes a la fecha de notificación del otorgamiento de la licencia de funcionamiento para dar cumplimiento a los parámetros establecidos por el SARLAFT 2.0

Periodo de Transición para el SARLAFT 2.0.

Los servicios vigilados que a la fecha de expedición de la Circular Externa Nº 20240000245 cuenten con la licencia de funcionamiento vigente se encuentren obligados a adoptar el SARLAFT 2.0. dentro de los (04) cuatro meses siguientes a su publicación (14 de febrero de 2024).

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