De conformidad con la Circular 058 de 2022 de la Secretaría Jurídica Distrital, las ESAL que se encuentren bajo la inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., deben implementar alguno de los siguientes PTEE:
ESAL que cumplan con una o más de las siguientes condiciones:
- Que sus activos totales con corte al 31 de diciembre de 2023 sean iguales o superiores a 1.000 SMLMV (COP$ 1.160.000.000.)
- Que tengan implementado un sistema de administración de riesgos.
Programa de transparencia y ética empresarial simplificado. (PTEE-S). ESAL que cumplan con una o más de las siguientes condiciones:
- Que sus activos totales con corte al 31 de diciembre de 2023 sean inferiores a 1.000 SMLMV (COP$ 1.160.000.000.) y;
- Que no tengan implementado un sistema de administración de riesgos.
Plazos para presentación de PTEE-S y PTEE-I:
La presentación del PTEE para las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) activas se realizará en la vigencia 2024, junto con la documentación de fin de ejercicio de 2023, dentro de los siguientes plazos.
Últimos dos dígitos del NIT | Plazo Máximo |
01-20 | Primera semana de mayo |
21-40 | Segunda semana de mayo |
41-60 | Tercera semana de mayo |
61-80 | Cuarta semana de mayo |
81-00 | Ultima semana de mayo o primera de junio |
Numeral 5 de la Circular 016 de 2022 de la Secretaría Jurídica Distrital, modificada por la Circular 013 de 14 de abril de 2023.